REGLAMENTO INTERNO
COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE LORETO 2011

A.        INTRODUCCION.

  1.       DE LAS BASES ORIENTADORAS.           

El Colegio Nuestra Señora de Loreto es Católico, y tiene como finalidad entregar a sus estudiantes una educación de excelencia basada en los principios y valores cristianos y el Proyecto Educativo Institucional. Por lo expuesto en el párrafo anterior, ninguna de las actividades religiosas, pastorales o cívicas que se planifiquen y/o realicen en el Colegio es optativa. Para conseguir el objetivo educativo de nuestro Colegio es imprescindible la aceptación, por parte de la familia, de los valores y principios en los que se basa la formación que entregamos a nuestros estudiantes. La manera práctica de concretar este propósito es a través de la disciplina y laboriosidad. Las normas disciplinarias, si bien se refieren a normas externas, implican actitudes internas, fundamentadas en los valores que sustenta el Colegio. En síntesis: el Colegio Nuestra Señora de Loreto exige de sus estudiantes una buena conducta dentro y fuera del Colegio, constancia en el trabajo, una presentación personal excelente y actitudes y modales correspondientes a una persona bien educada. 

B.        NORMAS DE CONVIVENCIA.

1.         DE LOS VALORES INSPIRADORES.

Los valores asumidos por el Colegio Nuestra Señora de Loreto, están explicitados en nuestro proyecto educativo a través de los núcleos: Amor por la Obra bien hecha, Universalidad, Espiritualidad, Creatividad, Patriotismo y Solidaridad. De cada uno de estos núcleos se desprenden principios, virtudes y actitudes que no son otra cosa que la expresión de los valores realmente asumidos, y para velar por la expresión social de estos valores y la sana convivencia entre nuestra Comunidad Educativa se han determinado los siguientes deberes y derechos, tanto para los padres como para nuestros estudiantes.

2.         DE LA FAMILIA Y EL COLEGIO.

Los padres son los primeros y principales educadores de sus hijos, y nuestro Colegio colabora con esta labor desde la convicción de que resulta infructuoso pretender que el Profesorado y el Colegio puedan reemplazar al hogar. Es este el que debe proporcionar, en forma permanente, la educación esencial de sus hijos. El Colegio es subsidiario de esta responsabilidad.

2.1.        DERECHOS Y OBLIGACIONES  DEL APODERADO:

2.1.1.    Los padres tienen derecho a ser respetados por todos los integrantes de la comunidad educativa.
2.1.2.    Solicitar entrevista cada vez que lo estime necesario con quienes están directamente vinculados académica y administrativamente con la educación de su hijo(a).
2.1.3.   
Recibir en forma oportuna las evaluaciones de su hijo(a), emitidas por el profesional competente y en un lenguaje claro; y conocer las anotaciones y observaciones que tenga por motivos conductuales.
2.1.4.   
Conocer el presente Reglamento para su aceptación en el momento de la matrícula.
2.1.5.   
Conocer y hacer uso del conducto regular para todo problema relacionado con la situación particular de cada estudiante: debe ser planteado en primer lugar al profesor tutor, posteriormente al Director Académico de Ciclo según corresponda, hasta llegar finalmente al Rector, quien decidirá como última instancia.
2.1.6.   
Todo apoderado tiene derecho a conocer el Proyecto Educativo Institucional, el Organigrama de funcionamiento interno, el e-mail del profesor tutor y el horario de entrevista de todos los docentes que realizan clases a su hijo(a).
2.1.7.   
Utilizar la Agenda del Estudiante como medio de comunicación con los profesores y directivos de la Institución y recibir respuesta cuando ésta sea solicitada. En la Agenda se escribirán comunicaciones breves. Para asuntos más específicos, podrán solicitar por medio de la misma una entrevista al profesor pertinente.
2.1.8.   
Evitar retirar a su pupilo durante el horario escolar. De ser necesario, deberá enviar previamente una comunicación escrita informando esta situación y explicando el motivo, día y hora del permiso requerido, siempre y cuando no interfiera con una prueba y/o control previamente calendarizado; para esto el alumno o alumna deberá abandonar la Sala al toque de timbre según corresponda, y ser retirado del Colegio por el Apoderado. A contar de las 16:00 horas no se podrá retirar ningún(a)  estudiante  bajo ninguna circunstancia hasta la hora  de salida normal.
2.1.9.   
Todo apoderado tiene derecho a ser informado oportunamente sobre los cambios de horario y actividades que por cualquier  eventualidad o celebración pueda realizar el Colegio.
2.1.10. Respetar y hacer respetar el Reglamento del Colegio.
2.1.11. Cuidar la puntualidad en todos los deberes de su pupilo(a). Los (las) estudiantes deben estar en el Colegio antes de las 08:30 horas. Después se consideraran atrasados.Por razones de buena administración, no se autorizará el ingreso después de las 08:45 horas sin el Apoderado o el correspondiente comprobante de atención médica.Las clases terminarán a las 16:30 horas para el 1er. Ciclo, a las 16:35 horas para el 2do. Ciclo.El transporte escolar saldrá a las 16:50 horas, con el objeto de evitar aglomeraciones que sean causa contribuyente de accidentes y permitir que los estudiantes ordenen con tranquilidad sus pertenencias y cuiden su presentación personal.
2.1.12. Cooperar con una actitud positiva a la prosecución de los objetivos del Colegio, evitando comentarios que debiliten el ascendiente de Profesores y Autoridades, y que desprestigien al Colegio, fomentando el respeto a la comunidad educativa y valorando el trabajo de todos los que laboran en ella.
2.1.13. Asistir a todas las reuniones y entrevistas citadas por el Colegio. El incumplimiento de esta disposición será registrada en la Carpeta de Antecedentes del Estudiante, quien podrá ser suspendido(a) de clases hasta la concurrencia del Apoderado.
2.1.14. Responder a las comunicaciones y circulares enviadas, leer la página web del Colegio (www.colegionsloreto.cl) y revisar periódicamente la Agenda Escolar.
2.1.15. Revisar periódicamente las calificaciones, registro de anotaciones e inasistencias en la página web del Colegio.
2.1.16. Está prohibido enviar útiles o trabajos que los estudiantes hayan olvidado.
2.1.17. Justificar oportunamente, en la Agenda, las inasistencias y atrasos del alumno o alumna.Cuando el alumno o alumna tenga Prueba, el justificativo de ausencia debe explicitar que el Apoderado estaba en conocimiento de este hecho.
2.1.18. Desarrollar y exigir a sus hijos(as) el respeto, la tolerancia, el buen trato, la solidaridad, la responsabilidad y el compromiso entusiasta frente a su proceso de enseñanza y aprendizaje.
2.1.19. Por motivos de seguridad y de buena administración, el ingreso de padres y apoderados al interior del Colegio será previa autorización del Inspector respectivo.
2.1.20. Velar por el pago oportuno de los compromisos financieros contraídos con el Colegio.
2.1.21. Es deber del apoderado cumplir oportunamente con las peticiones del Colegio en relación al apoyo externo de profesionales especializados que requiera su pupilo(a). El no cumplimiento de esto, en los plazos acordados, será motivo de no renovación de matrícula.

3.         DE LOS ESTUDIANTES

3.1.      DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:El alumno del Colegio tiene derecho a:

3.1.1.  
Ser educado en un ambiente que promueva el buen aprendizaje y lo forme íntegramente, desarrollándolo en valores que le permitan ser una persona honorable, en conformidad a nuestro Proyecto Educativo.
3.1.2.   Vivir plenamente los valores cristianos y a defenderlos adecuadamente cuando sea necesario.
3.1.3.   Conocer y valorar el desarrollo histórico y las tradiciones nacionales.
3.1.4.   Ser evaluado y conocer su calificación dentro de un tiempo máximo de diez días lectivos desde la aplicación de una prueba. Además, le asiste el derecho a conocer sus observaciones en el Registro Individual del Libro de Clases a través de su profesor tutor solamente.
3.1.5.   Ser escuchado por Profesores y Autoridades, siempre que se exprese adecuadamente.
3.1.6.   Elegir a la Directiva del Centro de Alumnos a partir de 5º Año Básico, y a postular desde Primero de Enseñanza Media a cualquier cargo de la Organización Estudiantil, de acuerdo a las disposiciones del Reglamento del Centro de Alumnos.
3.1.7.   Participar activamente en todas las actividades del Colegio y a enriquecerlas con aportes constructivos.
3.1.8.   A que su palabra sea considerada cierta, ya que la verdad es un valor muy importante en nuestro Colegio.
3.1.9.   Defender su honorabilidad ante las instancias que corresponda.
3.1.10. A ser reconocido positivamente frente a actividades en las cuales destaque, a través de los medios y procedimientos con los que cuenta el Colegio.

3.2.    DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:

En nuestro Colegio somos Católicos y nos esforzamos por alcanzar los valores cristianos y cultivar las virtudes, entre las cuales destacamos:La Verdad, la Lealtad y el ValorLa Verdad,debe primar SIEMPRE sobre cualquier otra consideración, debiendo expresarse con Respeto y Prudencia.La Lealtad,entendida como la fidelidad al COMPROMISO contraído, el aprecio sincero a los compañeros, a los profesores, a los amigos, al Colegio, a la familia, a la sociedad, a Chile y a Dios.El Valor,entendido como la valentía para enfrentar los obstáculos y las adversidades, y como el CORAJE para saber decir NO a lo que es inconveniente y perjudicial.

3.2.1    Todo alumno deberá cumplir fielmente el presente Reglamento. El que no cumpla las disposiciones reglamentarias, caerá en falta. 3.2.2.   Todo alumno debe estar en su sala durante la hora de clases. No se permitirá estar fuera de ella sin autorización.
3.2.3.   El término de los recreos se comunicará con un timbre para cada ciclo, ante lo cual los estudiantes deberán dirigirse a su sala. 3.2.4    Los estudiantes serán considerados atrasados si llegan a la sala después que el profesor o profesora, los que podrán, eventualmente, prohibir la entrada de los estudiantes hasta que hayan sido autorizados por Inspectoría, para evitar interrupciones que perjudiquen al resto de sus compañeros.
3.2.5.   Los estudiantes que no participen por algún motivo debidamente justificado en clases de Educación Física, deberán permanecer con su grupo curso a cargo del profesor de la asignatura.-
3.2.6.   Los teléfonos celulares solo podrán ser utilizados para comunicarse antes del inicio de clases o en recreos, se PROHIBE en consecuencia su uso como cámara de fotos o de grabación. En todo otro momento el teléfono celular debe permanecer apagado. El teléfono que “suene” o emita señal alguna en toda actividad académica será requisado y entregado a Inspectoría, quien lo devolverá al apoderado. En caso de reincidencia se le prohibirá al alumno ingresar con teléfono celular al Colegio. De Prekínder a 4º E.B. no se permite traer teléfonos celulares al Colegio. 3.2.7.   Se PROHIBE traer al Colegio y portar cámaras fotográficas, equipos de filmación de cualquier tipo y juegos electrónicos, y queda estrictamente prohibido grabar, fotografiar o filmar, con cualquier medio para estos efectos, toda actividad del Colegio, con la sola excepción de aquellas que sean expresamente autorizadas por escrito por Rectoría.
3.2.8.   Como Colegio mixto asumimos y valoramos las relaciones de “pololeo” surgidas entre nuestros estudiantes. Conscientes de que este tipo de relación es una experiencia vital en el desarrollo de los seres humanos, las manifestaciones de afecto deberán realizarse dentro de un marco de respeto hacia los adultos, los pares y los menores, considerando en todo momento que se está en el Colegio.

4.    CLASIFICACION DE LAS FALTAS

Atendiendo a la importancia de las faltas, estas se clasificaran en:
Leves, Graves, Muy Graves y Gravísimas. La acumulación de dos faltas de un nivel constituirá por si sola una falta del nivel superior.

4.1    
Ante el cometido de una falta y la aplicación de la sanción correspondiente, del estudiante se espera que:

a.- Reconozca su error con la verdad.          
b.- Pida disculpas y muestre arrepentimiento.          
c.- Demuestre disposición plena a reparar el daño producido.
d.- Cumpla concientemente la sanción impuesta.

4.2.      Serán faltas LEVES:

4.2.1.   Concurrir al Colegio sin su Agenda, la que se deberá conservar durante todo el año, con todas sus hojas y en buen estado de presentación.
4.2.2.   Las diversas faltas de responsabilidad como:

a.-   No traer firmado de vuelta al Colegio todos los documentos tales como informes de notas, comunicaciones, circulares, etc., que se le enviaren.
b.-   No tener su uniforme escolar debidamente marcado con su nombre y curso.
c.-   No presentarse con el uniforme completo e impecable, y no utilizarlo correctamente tanto dentro como fuera del Colegio.
d.-   No cumplir con las tareas y deberes.
e.-   No traer el equipo de Educación Física  y/o el Buzo del Colegio cuando corresponda.
f.-    No traer los útiles escolares y elementos necesarios para el correcto desarrollo de su aprendizaje.
g.-   No colaborar con el orden y el aseo del Colegio y de su sala de clases.

4.2.3.   Traer al Colegio objetos como tip-top, cortaplumas, fósforos o encendedores, todos los cuales serán requisados y enviados con una comunicación al Apoderado. Si los elementos ya mencionados u otros de similares características han sido traídos para amenazar o causar   daño a terceros, la falta se considerara como gravísima.
4.2.4.   Perturbar el normal desarrollo de una clase o de cualquier actividad escolar.
Estas faltas serán sancionadas a lo menos con una reprensión verbal.

4.3.     
Serán faltas GRAVES:

4.3.1.   Llegar atrasado al Colegio al inicio de la jornada o no respetar los horarios internos de inicio de clases.
4.3.2.   No traer, al reintegrarse a clases, la debida justificación del Apoderado por la inasistencia. Si esta falta subsistiere al día siguiente, el alumno no podrá ingresar al Colegio hasta que concurra con su Apoderado.
4.3.3.   El realizar bromas o actos imprudentes que, a juicio de las autoridades del Colegio, no correspondan a los contenidos sustentados en nuestro Proyecto Educativo.
4.3.4.   El no asistir a actividades programadas del Colegio  tales como clases, actos cívicos y/o litúrgicos, asambleas, jornadas de reflexión, etc.
4.3.5.   Transitar o entrar a áreas prohibidas para los estudiantes, tales como Salas de Profesores, oficinas administrativas, Rectoría, etc.
4.3.6.   Incumplimiento reiterado de las disposiciones de Biblioteca.
4.3.7.   Ser expulsado de la Sala de Clases o de cualquier actividad o recinto del Colegio (biblioteca, comedor, etc.) por actitud o comportamiento inadecuado. En particular, los estudiantes del 2º Ciclo podrán ser sancionados con una suspensión.
4.3.8.   La agresión verbal entre estudiantes. También serán sancionados por esta falta quienes instiguen o inciten a su cometido.
4.3.9.   Fumar dentro del Colegio, en los vehículos de transporte escolar y en toda ocasión en la que el alumno vista de uniforme, por lo tanto, está prohibido portar cigarrillos, fósforos,    encendedores o similares.
4.3.10. No vestir reglamentariamente el uniforme del Colegio en cualquier actividad externa en la que su uso se haya dispuesto como obligatorio.
Todas estas faltas serán sancionadas, a lo menos, con una amonestación escrita.

4.4.   
Serán faltas MUY GRAVES:

4.4.1.   El presentar un mal comportamiento en toda actividad escolar que se realice fuera del Colegio. (Viajes de Estudio, visitas pedagógicas, paseos de curso, etc.)
4.4.2.   Los actos reñidos con la honestidad  tales como:

a.-   Copiar y/o soplar en pruebas y/o interrogaciones.
b.-   Mentir.
c.-   Presentar como propios trabajos ajenos.
d.-   Entrar a una Clase o al Colegio tratando de engañar.
e.-   Apropiarse de cuadernos, útiles escolares, libros o elementos ajenos, aunque sea broma.
f.-   Tomar el nombre de cualquier persona del Colegio, sin su debida autorización.

4.4.3.   Faltar a la palabra empeñada.
4.4.4.   Salir del Colegio o de una Clase sin la debida autorización.
4.4.5.   Desacato o desobediencia a una autoridad del Colegio.
4.4.6.   Ser insolente con cualquier persona que trabaje en el Colegio. La reincidencia en este   comportamiento significara una falta Gravísima.
4.4.7.   No cumplir debidamente una sanción o castigo.
4.4.8.   Causar daño deliberado a los bienes del Colegio o a la propiedad ajena. El responsable, además de la sanción respectiva, deberá cancelar el valor correspondiente de restitución a la condición original.
4.4.9.  Presentar una actitud agresiva o de “matonaje” en contra de otros estudiantes utilizando para  ello cualquier medio sin importar hora y día. Agrava esta falta cuando esta actitud va dirigida contra estudiantes menores. La agresividad es una conducta INACEPTABLE en el Colegio.
Todas estas faltas podrán ser sancionadas desde suspensión de clases con una anotación Negativa Muy Grave en el Registro de Vida del Alumno, hasta una condicionalidad de matrícula.

4.5      
Serán faltas GRAVISIMAS:

4.5.1.   Lesionar el prestigio o buen nombre del Colegio con una actitud y/o comportamiento inadecuado.
4.5.2.   La agresión, ofensa o amenaza de palabra o de hecho – aunque no sea taxativamente explicita– a Directivos, Profesores, Personal Administrativo o Asistentes de la Educación.
4.5.3.   El conocer o intentar conocer, ilícitamente, las preguntas de una prueba o la reincidencia en
situaciones de copia durante el mismo año escolar.
4.5.4.   Alterar o permitir que se modifique cualquier anotación o nota de un Libro de Clases, del Informe de Notas o de comunicaciones enviadas en la Agenda Escolar, y sustituir o falsificar firmas.
4.5.5.   El tráfico de drogas fuera y dentro del Colegio. El alumno o alumna será objeto de cancelación de matrícula de inmediato, aparte de las acciones que como Colegio se deban iniciar ante la Justicia.
4.5.6.   Consumir y/o llevar consigo bebidas alcohólicas y/o drogas ilícitas en el interior del Establecimiento y en toda actividad escolar. Se considerará un agravante cuando el hecho punible ocurra en una actividad escolar fuera del Establecimiento.
4.5.7.   Poseer o difundir material pornográfico dentro del Colegio. El alumno o alumna será objeto de cancelación de matrícula de inmediato.
4.5.8.   Faltas que a juicio de la Autoridad del Colegio atenten o afecten la moral y las buenas   costumbres.
4.5.9.   La posesión de armas de fuego, de gas, de aire comprimido, armas blancas de cualquier tipo, y de fuegos artificiales o de los elementos para su fabricación. El alumno o alumna será objeto de cancelación de matrícula de inmediato.
4.5.10. Conducta reincidente de “matonaje” mediante cualquier medio.
4.5.11. La suplantación de personas.
4.5.12. Asociarse maliciosa y premeditadamente para copiar, traspasar o hacer llegar información que beneficie las respuestas de una evaluación, ya sea por medios orales, escritos o electrónicos.
4.5.13. Impedir por cualquier medio el ingreso de Directivos, Docentes, Administrativos y estudiantes al Colegio y/o la realización de las actividades académicas propias del Establecimiento, bajo cualquier justificación. El o los estudiantes involucrados será(n) objeto de de cancelación de matrícula de inmediato. Las Faltas Gravísimas en las que no se expresamente taxativamente una sanción, serán sancionadas con a lo menos la suspensión de clases con citación al Apoderado, llegando incluso hasta la Cancelación inmediata de la matrícula, en cualquier época del año.


5.       DE LAS SANCIONES EN GENERAL.

5.1.    Los estudiantes que no cumplan con el presente Reglamento, podrán recibir las siguientes sanciones:

a.- Amonestación verbal.
b.- Amonestación escrita.
c.- Anotación negativa en el Libro de Clases y en su Registro de Vida.
d.- Expulsión de la Sala de Clases, debiendo dirigirse de inmediato donde el Inspector de Ciclo.
e.- Suspensión de Clases con citación al Apoderado.
f.-
Precondicionalidad de Matrícula.
g.- Condicionalidad de Matrícula.
h.- No renovación de la matrícula para el año siguiente.
i.- Cancelación inmediata de la matrícula.

5.2.    Las sanciones enunciadas precedentemente serán progresivas, sin embargo, la naturaleza de la falta permitirá a la Autoridad pertinente adoptar la medida que estime necesaria. El Profesor Tutor, con fines pedagógicos y en aras de una buena convivencia escolar, en coordinación con la Dirección Académica de Ciclo de Ciclo, podrá imponer medidas disciplinarias y correctivas a alumno(s) tendientes a evitar conductas colectivas perjudiciales para algunos, como pueden ser agresividad, discriminación, rechazo, otras.
5.3.    La reiteración o la especial circunstancia en la comisión de una Falta Leve o Grave, hace que esta se convierta en Muy Grave o Gravísima respectivamente.
5.4.    El no cumplir con cualquier castigo agrava la falta que lo originó.
5.5.    Quien haya sido sancionado con cuatro Jornadas de Estudio Obligatorio durante cualquier semestre lectivo, podrá ser sancionado con una Precondicionalidad de Matrícula.
5.6.   
La calificación definitiva de cualquier acto u omisión, aunque no se hallare explicitado en este Reglamento, es prerrogativa exclusiva del Rector.
5.7.   
Los Apoderados de los(as) estudiantes que hayan sido sancionados con Cancelación de Matricula, sólo podrán apelar de esta medida ante el Rector del Establecimiento, adjuntando los antecedentes de descargo que estimen convenientes. El Rector podrá someter a consideración del Consejo de Profesores respectivo los descargos presentados y escuchará su parecer, o dará respuesta sin derivarlo al Consejo. 

6.       DE LA PRESENTACION PERSONAL DE LOS (AS) ESTUDIANTES


6.1.    Se exigirá una presentación personal adecuada, esto es para los alumnos: pelo cortado al estilo tradicional, limpio y ordenado; patillas cortas; uñas cortas y limpias; cara rasurada, y no debe estar rayada ninguna parte del cuerpo, del uniforme y de cualquier elemento de vestuario que se utilice autorizado dentro del Colegio; y para las alumnas: pelo fuera de la cara en forma ordenada, por medio de pinches, traba o colet de tamaño moderado; no se permite el uso de maquillaje, uñas pintadas, joyas o colgajos, pudiendo usar solo un par de aros iguales cuando sean pequeños y sólo en el lóbulo de las orejas. No se le permitirá a ningún estudiante el uso de ningún tipo de piercing.
6.2.    El uniforme oficial del Colegio para los estudiantes de Primer Año Básico a Cuarto Año Medio es:

a.-   Varones: Chaqueta azul con la insignia oficial del Colegio, pantalón gris a la cintura, cinturón negro, zapatos negros, calcetines grises, camisa blanca y corbata institucional.
Damas: Chaqueta azul con la insignia oficial del Colegio, falda gris, zapatos negros, calcetas grises, blusa blanca y corbata institucional.
b.-   El uniforme de colegio de los estudiantes de Prekinder y Kínder es el buzo del Colegio.
c.-   Los estudiantes durante el año usaran, en lugar de la camisa o blusa blanca y corbata, la polera del Colegio, manga larga o manga corta de acuerdo a la estación del   año.
d.-   Los estudiantes deberán presentarse y retirarse del Colegio siempre con uniforme completo, ya sea con polera o camisa o blusa blanca y corbata, según corresponda. En ceremonias, presentaciones, visitas, etc., se exigirá el uso del uniforme con camisa o blusa blanca y corbata,  lo cual será siempre informado por Inspectoría. Cuando se use corbata, el nudo debe ir atado correctamente, de tal forma que no se vea el botón del cuello de la camisa o blusa.
e.-   En invierno, los estudiantes podrán usar el sweater reglamentario del Colegio, el que cuando se use con camisa o blusa blanca y corbata, esta última deberá ir dentro del sweater. Así mismo, podrán asistir a clases con abrigo azul, parka azul marino o polar del Colegio. Las alumnas podrán usar pantalón gris de uniforme.
f.-    Los estudiantes podrán usar camiseta, la que solo debe ser blanca y sin estampados.
g.-   Esta prohibido el uso de zapatillas con el uniforme.
h.-   De Prekinder a Cuarto Año Básico se usará cotona en el horario de clases.
i.-  
  De Primer Año Básico a Quinto Año Básico se puede venir al Colegio con buzo de gimnasia     solamente los días que tengan deporte.
j.- 
 De Sexto Año Básico a Cuarto Año de Enseñanza Media el uniforme es de uso obligatorio. Si el (la) estudiante tiene deporte o Educación Física, se cambiará sólo en los camarines del Colegio.
k.-   El uniforme de Educación Física consta de buzo oficial del Colegio, camiseta oficial del
Colegio, short azul, calcetas blancas y zapatillas blancas.
l.-    Cualquier situación excepcional en el uso del uniforme, se autorizará previa solicitud presencial del Apoderado ante el Inspector de Ciclo.
m.- Los estudiantes que no cumplan con las disposiciones referidas al uso del uniforme, no podrán ingresar al Colegio.
n.- El uniforme constituye un elemento identificador ante la comunidad de los estudiantes del Colegio Nuestra Señora de Loreto, por lo que mientras lo vistan, dentro y fuera del establecimiento, se espera y se les exigirá, un comportamiento acorde con el de una persona  bien educada, tal cual está expresado al inicio de este Reglamento.o.-   Los estudiantes de Cuarto Año de Enseñanza Media usarán una corbata distinta a la del    resto del Colegio, la cual los distinguirá entre sus compañeros y les señalará que en su último año escolar deben ser un ejemplo y motivo de orgullo para nuestra comunidad escolar. 

7.       DISPOSICIONES ESPECIALES
.

7.1.    Todo estudiante nuevo(a) en el Colegio quedara en situación de Precondicionalidad, la que será revisada al término de su primer semestre de permanencia.
7.2.    El Rector del Colegio podrá vetar la participación de estudiantes en situación de Condicionalidad, en actividades que signifiquen representatividad colegial, tales como giras de estudio, campeonatos deportivos, directivas de Centro de Alumnos, certámenes artístico-culturales, etc.
7.3.    Todo estudiante al que se le haya cancelado la matricula por cualquier motivo, no podrá volver a postular al Colegio.

C.    REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 2011

El Colegio Nuestra Señora de Loreto perteneciente a la Fundación Arturo Merino Benítez, es un Colegio Cooperador de la Función Educacional del Estado según consta en el Decreto Nº 1383 de 1995, que imparte educación en los niveles Parvularia, Básica y Media.
 El Rector del Colegio, de acuerdo a las facultades que le otorgan los Decretos que norman los Reglamentos de Evaluación y Promoción Escolar, en coherencia con el Proyecto Educativo que recoge la identidad que nos une con la Fundación Arturo Merino Benítez, y habiendo conocido y considerado la opinión del Consejo de Profesores, ha planificado el proceso de Evaluación y los aspectos administrativos anexos a él dándolos a conocer en el presente Reglamento Interno de Evaluación y Promoción a los apoderados, estudiantes y al Departamento Provincial de Educación. Este Reglamento entrará  en vigencia a partir del año escolar 2011.

1.    DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 1º    El presente Reglamento Académico Interno complementa, en ningún caso contradice, la normativa vigente del MINEDUC y suple todas aquellas situaciones no previstas en ella.


Art. 2º    Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán resueltas por el Rector del Establecimiento previa consulta al Vicerrector Académico, Consejo de Profesores, Director Académico de Ciclo, Orientador o a quien estime conveniente. Los casos que se presenten y que estén fuera de sus atribuciones serán remitidos al Departamento Provincial de Educación, Sede Oriente, para su  resolución.

Art. 3º    El Colegio cumple con los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios establecidos en el DS. N° 240/1999 para la Educación Básica y DS. N° 220/1998 para la Educación Media.
Los Programas de Estudio del Colegio  Nuestra Sra. de Loreto, son los propuestos por el MINEDUC para los diversos cursos, de acuerdo a los siguientes Decretos Supremos:

a.-   Nº 2670 de 2008 para NB1 (1º y 2º Básico) y NB2 (3º y 4º Básico). Incluye Plan y Programa de Inglés.
b.-   Nº
220 de 1999  para  NB3 (5º Básico).
c.-   N° 81 de 2000 para NB4 (6° Básico).
d.-   N° 481 de 2000 para NB5 (7° Básico).
e.-   N° 92 de 2002 para NB6 (8º Básico).
f.-    N° 77 de 1999 para NM1 (1º Medio).
g.-   N° 83 de 2000 para NM2 (2° Medio).
h.-   N° 27 de 2001 para NM3 (3° Medio).
i.-    N° 102 de 2002 para NM4 (4º Medio).  


Art. 4º    La Evaluación y Promoción de los (las) estudiantes del Colegio Nuestra Sra. de Loreto, está normada por los Decretos correspondientes emanados del MINEDUC:


a.-   N° 511 de 1997: se aplica desde 1º a 8º básico. 
b.-   N° 112 de 1999: para 1º y 2° Medio.
c.-   N° 83 de 2001 para 3° y 4° Medio.
d.-   N° 158 de 1999, que complementa el D. N° 511/97 y 112/99.  


2.   
DE LA EVALUACIÓN.

Art. 5º    Los estudiantes serán evaluados en períodos semestrales.


Art. 6º    El Colegio considera  la aplicación de diferentes tipos de  evaluación a saber:


a.-   Evaluación diagnóstica: Se podrá aplicar al inicio del proceso enseñanza-aprendizaje, al comienzo del año lectivo o de una nueva unidad, para determinar la presencia o ausencia de ciertas conductas de entrada de los estudiantes.
b.-   Evaluación formativa: Será aplicada a los estudiantes durante el desarrollo del proceso para determinar el grado de dominio alcanzado en los objetivos tratados en cada unidad.
c.-   Evaluación acumulativa: Esta evaluación indicará el nivel de logro de los objetivos terminales de las respectivas  unidades de aprendizaje.


Art. 7º La evaluación de los Objetivos Transversales se comunicará a través del Informe de Personalidad, se expresará en conceptos, no tendrá incidencia en la promoción aunque sí influirá en la permanencia del alumno o alumna en el Colegio.

Art. 8°    Las estrategias para evaluar los aprendizajes serán previamente comunicadas a los estudiantes y podrán consistir en: prueba escrita, interrogación oral, trabajo grupal, investigación, dramatización, creación de material, diseños,  exposición, etc.

Art. 9º    La ponderación y la fecha de cada evaluación serán comunicada a los estudiantes con anticipación (dos semanas para las evaluaciones coeficiente dos; una semana para las parciales coeficiente uno, y en cualquier momento las evaluaciones preparciales e interrogaciones). Esta información quedará registrada en el calendario mural que, para tal efecto, existe en cada sala. El registro de las evaluaciones en el calendario mural podrá ser realizado por el propio Profesor o Profesora o por un alumno o alumna especialmente designado(a) para esta tarea. El Profesor o Profesora exigirá a los estudiantes que la misma información sea  registrada en su Agenda Escolar.

Art. 10º Ante cualquier inasistencia a una evaluación previamente comunicada, el apoderado  deberá enviar el justificativo correspondiente en la Agenda. Es muy deseable que se adjunte un certificado médico, si la razón es de salud.

Art. 11º Regresando el alumno o alumna a clases, podrá ser  evaluado por el Profesor o Profesora correspondiente o por otro profesional designado para estos efectos, salvo que la situación y/o justificación enviada por el apoderado amerite otra cosa. Esta situación la decidirá el Profesor o Profesora correspondiente. De ser así, el Profesor o Profesora  fijará otra fecha e  informará  de ella al alumno o alumna.

Art. 12° En caso que un alumno o alumna se ausente en forma prolongada (una semana o más), hasta 6º Básico el Profesor o Profesora Tutora en comunicación con los Profesores y Profesoras correspondientes organizará para cada alumno o alumna el calendario de pruebas recuperativas. Desde 7º Básico en adelante, cada Profesor o Profesora fijará las nuevas fechas de evaluación e informará al alumno o alumna de ellas.

Art. 13º En caso de inasistencia a cualquier  tipo de evaluación, será responsabilidad del alumno o alumna desde 5º Básico en adelante, el ponerse al día en todos las aspectos que se requieran.

Art. 14º En caso de sorprender a un alumno o alumna “copiando o soplando” en una situación  de evaluación, el Profesor o Profesora retirará  la prueba y someterá posteriormente al alumno o alumna a una evaluación oral o escrita con un mayor grado de dificultad y nota máxima 4.0, independientemente de la sanción que amerite de acuerdo a las Normas de Convivencia.

Art. 15º Toda evaluación (prueba escrita, oral, presentación, etc.) realizada o entregada fuera de plazo, sin una justificación pertinente, tendrá un mayor grado de exigencia y una escala de evaluación diferente.
 

3.   
DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN FINAL.

Art. 16º Se aplicará un Procedimiento de Evaluación Final entre 7º Básico y 3º Medio en los Sectores de Aprendizaje de Lenguaje (castellano) y Matemática. Además los estudiantes de 3º Medio rendirán examen en un sector diferenciado (Ciencias Sociales o Ciencias Naturales).
Las características y los contenidos serán dados a conocer a lo menos dos semanas antes del examen. 

Art.17º  Los exámenes tendrán una ponderación del 25% sobre la calificación final para cada una de las asignaturas.
Podrán eximirse de rendir los exámenes quienes, al término del 2º semestre tengan un promedio acumulado de 6,0  ó más en la asignatura correspondiente.  

4.   
DE LAS CALIFICACIONES.


Art. 18º Los estudiantes serán calificados en todas las Asignaturas del Plan de Estudios correspondiente, utilizando una escala numérica de 1.0 a 7.0 y hasta con un decimal, siendo la nota  mínima de aprobación un 4,0.


Art. 19º De acuerdo al  Proyecto Educativo que nos orienta, el Colegio se declara de Confesión Católica y la Asignatura de Religión es obligatoria para todos los estudiantes, aunque no incida en la promoción. Durante el año será calificado en escala numérica  y en concepto en el Informe Final de acuerdo a la siguiente escala de equivalencia:
6.0 a 7.0 MB Muy Bueno
5.0 a 5.9 B Bueno
4.0 a 4.9 S Suficiente
1.0 a 3.9 I Insuficiente

Art. 20º Todos los promedios de notas se realizarán aproximando al decimal superior si la centésima es igual  o superior a 0,05.

Art. 21º Las calificaciones parciales corresponden a las notas coeficiente uno y  coeficiente dos, que los estudiantes de 1º año de Educación General  Básica a 4º año de Enseñanza Media, hayan obtenido durante cada semestre  lectivo en las diferentes Asignaturas del Plan de Estudio.

Art. 22° Las pruebas Coeficiente 2 de cada semestre tendrán carácter de síntesis de todos los contenidos relevantes desarrollados a la fecha.



Art. 23º Las calificaciones semestrales corresponderán en cada Asignatura, al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas durante  el  semestre.

Art. 24º Las calificaciones mínimas por semestre se distribuirán de acuerdo a la cantidad de horas semanales por Asignatura  según el siguiente cuadro:

HRS. SEMANALES
EVALUACIONES C:1
EVALUACIONES C:2
TOTAL
2
3
1
5
3
4
1
5
4
5
1
6
5
6
1
7
6 o más
7
1
8

Art. 25º La Calificación Final de 1º a 6º Básico y de 4º Medio corresponderá al promedio aritmético aproximado de los semestres de cada una de las Asignaturas del Plan de Estudios.

Art. 26º La Calificación final de 7º Básico a 3º Medio será  el  promedio de las notas semestrales y el examen final, cuando corresponda y con la ponderación que cada uno de ellos tiene.

Art. 27º Los apoderados serán informados de las calificaciones en tres ocasiones como  mínimo, en cada semestre y recibirán un Informe de Personalidad en dos ocasiones como mínimo, durante el año escolar.
 

5.   
DE LA PROMOCIÓN Y REPITENCIA.

Art. 28º  Serán promovidos todos los estudiantes  de 1º Bás. y 3º Bás., que cumplan con un 85 % de asistencia. No obstante lo anterior, la Dirección podrá decidir la repitencia de aquellos estudiantes que presenten un retraso significativo en lectura, escritura  y/o matemática, en relación a los aprendizajes  esperados y que puedan afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

Art. 29º Serán promovidos los estudiantes  de 2º, 4º, de 5º a 8° Básico y de 1º a 4° Medio que:


a.-   Tengan a lo menos un 85 % de asistencia y
b.-   Aprueben todas las Asignaturas o,
c.-   Reprobando una Asignatura y obtengan  promedio general igual  o superior a 4.5 ó, 
d.-   Reprueben dos Asignaturas o subsectores y logren un  promedio general igual  o  superior a 5,0.
e.-   En 3° y 4° Medio, si entre las dos Asignaturas o subsectores reprobados, se encuentran Lengua Castellana y Comunicación y/o Matemática, los estudiantes serán promovidos siempre que su promedio general sea igual o superior a 5,5.


Art. 30º Repetirán curso los estudiantes que no cumplan lo señalado en los artículos anteriores.

Art. 31º La situación final de promoción de los estudiantes deberá quedar resuelta a más tardar, al término del año escolar correspondiente.
 

6.   
NORMAS COMPLEMENTARIAS.

Art. 32º Al término del año escolar los estudiantes recibirán un Informen Final de Calificaciones en donde se señalarán las notas finales en cada una de las Asignaturas del respectivo Plan de Estudios, así como su  situación final.  Además se les entregará un Informe de Personalidad.


Art. 33º Aquellos apoderados que necesiten finalizar anticipadamente el año escolar o no vayan a renovar la matrícula para el siguiente año, deben dar el aviso correspondiente en Secretaría Académica para preparar la documentación necesaria.

Art. 34º Los estudiantes que al concluir el primer semestre  se encuentren en situación escolar de condicionalidad, repitencia de año, promedio final inferior a 5.0, y/o insuficiente en Religión, perderán su derecho automático de matrícula en el Colegio. En estos casos, se podrá solicitar matrícula a la Rectoría del Colegio, exponiendo por escrito el caso con los atenuantes que estime oportuno someter a consideración. El Rector, oído al Consejo de Profesores y a quien estime conveniente, resolverá en  cada caso.

Art.35º   Aquellos estudiantes que estando en situación final de repitencia y que se trasladen de Colegio, podrán solicitar  una Prueba Especial en la(s) asignatura(s) reprobadas(s). En este caso la calificación máxima será de 4,0,  y la mínima, la nota de presentación. La solicitud se hará por escrito a la Dirección de Ciclo, aportando los antecedentes que justifiquen la medida, y en ningún caso el alumno o alumna podrá reintegrase al Colegio.

Art. 36º Todoslos estudiantes regulares del Establecimiento y que se encuentren en situación de normalidad, podrán matricularse en el Colegio para el curso al que han sido promovidos.

Art. 37º Aquellos estudiantes que se incorporen a lo largo del año escolar, deberán presentar la totalidad de las calificaciones del establecimiento de origen, las cuales serán incorporadas en las Asignaturas correspondientes y serán consideradas para todos los efectos de promoción final. La documentación de estudiantes provenientes del extranjero deberá ser debidamente  acreditada por el MINEDUC.

Art. 38º El MINEDUC, resolverá por intermedio de la Dirección de Educación que corresponda, las situaciones y criterios de convalidación de estudiantes que hayan realizado estudios en el extranjero. 

Art. 39º El Rector del Colegio con el Profesor o Profesora respectivo y cuando lo estime conveniente, asesorado por el Consejode Profesores, resolverá las situaciones especiales de evaluación y promoción dentro del período escolar correspondiente, tales como: estudiantes que deban cumplir con el Servicio Militar Obligatorio, enfermedad prolongada, ausencias por traslados al extranjero, asistencias a clases inferiores al 85% anual, etc.

Art. 40º Aquellos estudiantes que al terminar el año escolar se encuentren en situación escolar de pre-condicionalidad, podrán hacer uso de su matrícula en el Colegio, previa entrevista con el profesor tutor e inspector de Ciclo correspondiente, en la que conozcan y asuman los compromisos que se les soliciten.
 

7.   
 EN RELACIÓN A LA ATENCIÓN DE NEE


Art. 41º Con relación a los estudiantes con problemas de adaptabilidad escolar, el Colegio aplicará un proceso de seguimiento y apoyo pedagógico tendiente a facilitar la superación de problemas de rendimiento y/o conducta que consistirá en:

a.-   Entrevistas con el Tutor, Inspector, Orientador y/o Psicólogo, Director Académico de Ciclo y actividades de reforzamiento con un compromiso del educando y de sus padres.
b.-  El Profesor o Profesora Tutor, orientador, junto con el Director Académico de Ciclo, se preocupará de acompañar y controlar la aplicación de las medidas estimadas necesarias y llevará registro del proceso seguido.

Art.42º   Los estudiantes con impedimentos para cursar en forma regular un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, deberán presentar la documentación que acredite dicho impedimento y los antecedentes remitidos por los profesionales respectivos que les solicite el Colegio. En conocimiento de ello, el Director Académico de Ciclo respectivo, en conjunto con el Profesor o Profesora correspondiente, Psicopedagoga, orientador, u otros profesionales que estime conveniente, arbitrará las medidas necesarias para que dicho alumno o alumna sea evaluado (a), en las áreas que corresponda en forma diferente al resto del curso. Estas evaluaciones podrán considerar entre otras, las siguientes estrategias:

a.-   Evaluaciones que eviten la incidencia de la dificultad específica en los resultados
b.-   Contenidos fraccionados según necesidades detectadas.
c.-   Tiempo mayor para permitir elaborar una respuesta.
d.-   Número  mayor de evaluaciones.


Art. 43º Por razones excepcionales y debidamente fundadas (de carácter médico u otras), se estudiará la eximición de actividades de un subsector de aprendizaje y en casos extraordinarios, se podrá considerar  la posibilidad de eximición de todo un subsector de aprendizaje o Asignatura.


Art. 44º De acuerdo a los artículos anteriores (Arts. 35 y 36) cuando sea necesario, el Rector podrá arbitrar medidas con relación a las Adaptaciones Curriculares necesarias.

 

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